En resumen
¿Cómo consultar si tenés multas?
La consulta oficial de la Ciudad es el trámite "Consulta de infracciones" en buenosaires.gob.ar: se busca por DNI o por dominio (patente). Para infracciones de otras jurisdicciones existe también la consulta nacional de la ANSV (SINAI), que solo cubre las jurisdicciones adheridas al sistema.
Hay muchos sitios privados de "consulta de multas" que aparecen primeros en Google. La consulta oficial vive en buenosaires.gob.ar (Ciudad) y en el sitio de la ANSV (nacional). No pagues ni dejes tus datos en páginas que no sean esos dominios.
Si vivís o circulás en la Provincia de Buenos Aires, tiene su propio portal oficial (InfraccionesBA, de gba.gob.ar): una multa bonaerense no aparece en la consulta de la Ciudad.
¿Cómo se paga y qué es el pago voluntario?
El Régimen de Faltas de la Ciudad (Ley 451) prevé un pago voluntario: si pagás dentro de los 40 días corridos desde la notificación, tenés una bonificación del 50% sobre la multa. Son parámetros de ley que pueden reformarse, así que confirmá el plazo y el porcentaje vigentes en el sitio oficial.
Algunas reglas que conviene saber:
- Aplica a las faltas cuya sanción es solo la multa, no a las que incluyen otras sanciones.
- Si tuviste varias sanciones o pagos voluntarios en el último año, podés perder el beneficio.
- Si la infracción descuenta puntos, acogerte al pago voluntario implica aceptar ese descuento. Mirá cómo funciona en nuestras preguntas sobre puntos y fotomultas.
- Si pedís audiencia con un controlador, perdés el pago voluntario y se resuelven todas las actas asociadas a tu DNI o dominio.
No fijamos montos en pesos: las multas se expresan en Unidades Fijas (UF), cuyo valor se actualiza. Verificá el importe vigente en la consulta oficial.
Fotomultas y radares: cómo te notifican
Las faltas pueden comprobarse con medios electrónicos, fotográficos o de video, con equipos fijos o móviles. La Ciudad, además, publica la ubicación de las cámaras fijas como dato abierto.
Según la Ley 1217 (procedimiento de faltas):
- La autoridad tiene que notificarte dentro de los 60 días corridos y vos tenés 40 días corridos desde la notificación para pagar o pedir la intervención del controlador. Verificá los plazos vigentes.
- La notificación es válida en el domicilio de la infracción o, si no, en el domicilio electrónico o en los domicilios que figuren en registros como Licencias, el Registro del Automotor, organismos tributarios o el Padrón Electoral.
Si te mudaste y no actualizaste tus datos en esos registros, la notificación puede darse por válida igual y los plazos corren aunque no te hayas enterado. Consultá tus infracciones de vez en cuando.
Cómo hacer el descargo o impugnar una multa
Pedí turno ante la UACF
El descargo se hace ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas, con un Controlador Administrativo de Faltas. Es una instancia administrativa previa a la Justicia de Faltas y los controladores atienden con turno previo.
Presentá tu descargo y tus pruebas
En la audiencia, presencial o virtual, podés dar tu descargo oral o escrito y ofrecer prueba (documental, informes, testigos, entre otras).
Esperá la resolución
El controlador resuelve de forma fundada. Puede archivar la causa por defectos formales del acta, por inexistencia de la falta o por prescripción. No hay garantía de resultado: depende de tu caso.
Si se determina la falta, tenés un plazo corto
Después de la notificación de la resolución hay un plazo breve para manifestar si la consentís o pedir el pase a la Justicia de Faltas. El silencio se toma como aceptación: no lo dejes pasar.
¿Qué pasa si no pagás?
Si pasa el plazo sin pagar ni presentarte, las actuaciones pasan al controlador, y si se confirma la falta pagás el 100% de la multa. Si después no pagás en los plazos que fija el controlador, se emite un certificado de deuda y se puede reclamar por la vía judicial ejecutiva.
Sobre la prescripción hay dos plazos distintos, que la prensa suele mezclar:
- La acción para sancionar la falta prescribe a los 5 años de cometida.
- La multa firme prescribe a los 2 años desde que queda firme la resolución.
Ambos se interrumpen (por ejemplo, con la citación notificada o con la demanda de cobro), así que no cuentes con que "se vence sola". Además, tus sanciones quedan registradas durante años en los registros de antecedentes, y para trámites como renovar la licencia se pide verificar que no tengas actas de tránsito vigentes. Revisá los requisitos vigentes en el trámite oficial.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Si te interesa cuántos puntos te descuenta cada falta, mirá las preguntas sobre puntos de la licencia.
Fuentes oficiales
- Consulta de infracciones - Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
- Consulta nacional de infracciones (SINAI) - ANSV
- Ley 451 - Régimen de Faltas de la Ciudad (Digesto de la Ciudad)
- Ley 1217 - Procedimiento de Faltas de la Ciudad (Digesto de la Ciudad)
- Renovación de licencia de conducir - Gobierno de la Ciudad
- InfraccionesBA - Provincia de Buenos Aires
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